COMUNICADO DEL CONSEJO ACADÉMICO
A TODA LA COMUNIDAD INSTITUCIONAL
Abril 17 de 2020
El Consejo Académico de la Institución Universitaria del Colegio Mayor de Antioquia, en concordancia con las medidas que se han venido tomando en el marco de la emergencia por el COVID-19, que buscan flexibilizar el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje, ha considerado necesario tomar medidas complementarias referidas a los procesos de evaluación de los aprendizajes y otros aspectos.
En virtud de lo anterior y considerando que:
- El Ministerio de Educación Nacional, en su Directiva Ministerial 04 del 22 de marzo de 2020 establece que, de manera excepcional, las instituciones de educación superior podrán desarrollar las actividades académicas asistidas por las herramientas que ofrecen las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC, durante el período que dure la emergencia sanitaria.
- A través de mecanismos cómo encuestas y llamadas telefónicas a estudiantes, la Institución pudo evidenciar entre la comunidad estudiantil, dificultades respecto a temas como tenencia de equipo de cómputo, acceso a internet, aspectos económicos y psicológicos, que afectan el normal desarrollo de sus actividades académicas.
- En consideración del avance alcanzado en el desarrollo de diversas asignaturas teóricas, un conjunto de estudiantes ha manifestado su deseo de que la Institución, inicie el desarrollo de exámenes parciales.
- El Proyecto Educativo Institucional PEI, plantea que la evaluación en la Institución Universitaria Colegio de Antioquia “debe ser un proceso continuo que busque no sólo apreciar las aptitudes, actitudes, conocimientos y destrezas del estudiante frente a un determinado curso, sino también lograr un seguimiento permanente que permita establecer el cumplimiento de los objetivos formativos y/o competencias propuestas”. De igual manera, plantea que la evaluación es “un mecanismo del aprendizaje, que favorece la utilización, implementación y apropiación de diferentes métodos, medios, procedimientos y fuentes, atendiendo de esta forma a estilos de aprendizaje y enseñanza, mediados por atributos cualitativos y cuantitativos más complejos y objetivos”.
- El PEI plantea respecto a la flexibilidad, como esa posibilidad de disponer de mecanismos y estrategias que permiten dinamizar el proceso de formación de los estudiantes desde lo curricular mismo, lo académico, lo pedagógico y lo administrativo.
- El Proyecto Educativo Institucional inspirado en el paradigma socio-crítico “favorece la reflexión y el diálogo permanente con otros para dar sentido a las necesidades del contexto y plantear formas de interpretar la educación como fuente de transformación individual y colectiva”.
- Las actuales circunstancias implican desarrollar acciones complementarias respecto a la evaluación de los aprendizajes.
En consideración de estos y otros aspectos, el Consejo Académico determina lo siguiente:
- Continuar con la estrategia de intensificar el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC-, en el proceso de enseñanza aprendizaje, mientras dure la emergencia sanitaria del COVID-19, decretada por el Gobierno Nacional.
- Una vez las autoridades correspondientes permitan la movilización parcial o total de la población, se establecerá un calendario académico específico para el desarrollo de aquellos cursos que tienen un alto componente práctico, cómo laboratorios, talleres, etc.
- El calendario concerniente a los programas ofrecidos en metodología virtual, no sufre ninguna alteración en su desarrollo.
- Reiniciar el desarrollo de los parciales en el marco de una revisión de los Acuerdos Pedagógicos, en aquellas asignaturas de naturaleza teórica y teórico práctica. La Institución, actuando siempre bajo el principio de favorabilidad, dará las garantías a todos aquellos estudiantes que, por situaciones de falta de conectividad, tenencia de equipos o situaciones de fuerza mayor, no puedan presentar las actividades evaluativas. Invita a los estudiantes en esta situación, a comunicarse con sus respectivos docentes, coordinadores académicos y de programas, para establecer las estrategias pertinentes que permitan la culminación, lo más adecuadamente posible, el presente semestre académico.
- Para el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje, y en concordancia con el Reglamento Estudiantil y Académico, se podrán realizar pruebas escritas u orales. En consonancia con el Artículo 54 del Reglamento Académico y Estudiantil “Si la evaluación es una prueba oral se requerirá, siempre, del docente titular de la asignatura y de un docente que hará las veces de jurado calificador, designado por el Decano de la respectiva Facultad. La nota resultará de promediar las dos calificaciones”.
- Se mantienen las disposiciones contempladas en el Artículo 90 del Reglamento Académico y Estudiantil, referidas a las conductas que atentan contra el orden académico y disciplinario, en aspectos tales como Fraude en actividad evaluativa (copiar de un compañero, usar información ajena haciéndola pasar como propia, o facilitar en cualquier forma que otros la hagan), Atentar contra los derechos de autor y la propiedad intelectual, Falsificar documentos, exámenes, calificaciones; usar documentos fraudulentos o alterar la verdad por cualquier otro medio para fines académicos o administrativos y Emplear ayudas no autorizadas durante los exámenes.
- La Vicerrectoría Académica, con el apoyo del equipo humano de los subprocesos de Virtualidad y Permanencia, asesorarán a los docentes en el uso de las herramientas necesarias para que puedan evaluar tanto sincrónica, cómo asincrónicamente a sus estudiantes de acuerdo con los objetivos de aprendizaje definidos en sus cursos.
- Los Consejos de Facultad, según las dinámicas de desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje alcanzadas durante esta emergencia, darán indicaciones especificas a los profesores sobre poder cumplir con los porcentajes de evaluación de los aprendizajes pertinentes al tipo de asignatura.
Cordialmente,
Juan David Gómez Flórez
Presidente Consejo Académico